Bono Mi Alquiler en manos del Congreso

El Ejecutivo presentó al Congreso el proyecto de ley 3624/2018 que plantea la creación del Bono de Arrendamiento para Vivienda, con el objetivo de brindar ayuda económica para arrendar una vivienda y posibilitar el ahorro para la compra de un bien inmueble a futuro.

La creación del bono se plantea como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), a fin de ser otorgado con una periodicidad mensual por cinco años como máximo y sin cargo de restitución por parte de los beneficiarios de este subsidio.

Esta iniciativa también establece la generación de antecedentes respecto a la capacidad mensual de los beneficiarios a fin de perfilar un historial económico, con el propósito de disminuir el déficit cualitativo y cuantitativo de las unidades habitacionales.

EL SUBSIDIO

El proyecto de ley establece que un porcentaje de este bono se destinará a cubrir el arrendamiento de la vivienda, mientras que otro porcentaje formará parte del ahorro a ser destinado a la cuota inicial o parte de esta, para que el beneficiario compre una unidad habitacional al finalizar el tiempo máximo del beneficio (cinco años). Estos valores serán definidos vía reglamento.

También se estipula que finalizado los 60 meses, el ahorro será desembolsado por el MVCS, vía el Fondo Mivivienda, en favor del promotor o desarrollador inmobiliario o al propietario de la vivienda que compre el beneficiario del bono, quien tiene un plazo máximo de un año para solicitarlo.

Asimismo, se detalla que el beneficiario del bono puede solicitar el desembolso del ahorro para la cuota inicial o parte de esta, para la adquisición de una vivienda antes de los cinco años, tiempo en el que se deja de percibir el bono.

LAS EDADES

En el proyecto se establece que los beneficiarios del bono son los grupos familiares o grupos como mínimo de dos peruanos no dependientes entre los 18 a 40 años de edad, de escasos recursos, que no sean propietarios o copropietarios de viviendas, terrenos o aires independientes para vivienda, y no se encuentren postulando a otro programa habitacional.

Entre las causales para la pérdida del bono se encuentran el incumplimiento del pago del arrendamiento correspondiente al beneficiario, el subarrendamiento de la vivienda alquilada, etc.

Se indica que el Ejecutivo reglamentará esta normativa en un plazo no mayor de 30 días calendario a partir del día siguiente de su publicación.

ALGO MÁS

Se señala que el bono de alquiler o subsidio estatal para los más necesitados ayuda con el 30% de la renta mensual en promedio, mientra que el ahorro a generarse con parte del subsidio que no se entrega al beneficiario, permitirá cubrir la totalidad o por lo menos 60% de la cuota inicial de la vivienda nueva.

(Publicación e imagen de Diario Uno)

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